Raúl Villamil Londoño
Hugo Alberto Gutiérrez Cataño
Abogado, Docente Investigador, miembro del Grupo de Investigación “Conflictos en las Relaciones Familiares” de la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia. E- mail:hugoagutierrez@hotmail.comDaniela García Mora
Estudiante del programa de Derecho de la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia, miembros del semillero de investigación “Conflictos en las Relaciones Familiares”. E-mail: danyelagarcia03@hotmail.com
Laura Victoria Osorno González
Estudiante del programa de Derecho de la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia, miembros del semillero de investigación “Conflictos en las Relaciones Familiares”. E-mail: victoria.2810@hotmail.com
Henry Gutiérrez Roa
Estudiante del programa de Derecho de la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia, miembros del semillero de investigación “Conflictos en las Relaciones Familiares”. E-mail:
henryqutty@hotmail.com.
RESUME
La ley en mención en su artículo 26 proclama “los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se les aplique las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados” por algún tipo de infracción a la ley penal, pero una vez resuelta su situación legal, la misma norma en su artículo 19 alude que ellos tienen derecho a la rehabilitación y la resocialización garantizada mediante la creación adecuada de planes y programas implementados por el Estado con la intermediación de las instituciones encargadas de la creación y desarrollo de políticas públicas.
Palabras clave: Sistema Penal Juvenil, Infractor, Centro de Atención Especializado, restablecimiento de Derechos, Políticas Públicas.
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